¿Cómo trabajamos con las Necesidades Educativas Especiales, a través de nuestro rol como Educadores Diferenciales?
El rol primordial de un o una educadora diferencial, es activar funciones cognitivas a través del juego, por lo que debe ser de forma entretenida, dinámica y lúdica.
Dentro del rol de la educadora diferencial, abarcando cada una de nuestras funciones, complementamos un proceso que se genera a través de cuatro etapas:
Evaluación psicopedagógica: En esta instancia, el o la educadora diferencial cumple la funciónde investigador, para detectarla necesidad educativa especial que presenta el educando, como también las fortalezas y debilidades que éste posee, para iniciar una intervención psicopedagógica.
Intervención psicopedagógica: Es un sistema de acciones coordinadas en el propósito de responder a los requerimientos educativos necesarios de personas con necesidades educativas especiales, ya sean permanentes o transitorias, con o sin una discapacidad asociada.
Se concretiza en una evaluación, para luego generar apoyos en los cuatro ámbitos de intervención.
Un educador o educadora diferencial, debe cumplir su rol en cuatro ámbitos de intervención, que son los siguientes:
a) Ámbito personal.
b) Ámbito familiar.
c) Ámbito escolar.
d) Ámbito comunitario.
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Modalidad de Intervención: Un educador diferencial, debe de actuar en los cuatro ámbitos, a través de dos modalidades, directa e indirecta.
En la modalidad directa, el educador diferencial debe trabajar directamente en el ámbito personal, por lo que se relaciona directamente con la persona. Por otro lado, en la modalidad indirecta, el educador diferencial trabaja en los otros tres ámbitos, familiar, escolar y comunitario, en donde genera apoyos para el niño, pero no directamente con él.
Apoyos psicopedagógicos: Por último y no menos importante, la última función de un educador diferencial es generar apoyos psicopedagógicos de acuerdo a las necesidades educativas especiales que se identificaron durante la evaluación psicopedagógica, para así llevarlas a cabo en los siguientes procesos y generar competencias en la persona.
A opinión de quienes escriben, creemos que la labor de una educadora diferencial es bastante amplia, porque aún cuando podamos asumir nuestro rol, las etapas son extensas y requieren de un proceso largo y exhaustivo, en donde siempre se irá en pro de la persona que presente la necesidad educativa especial, para que así se inserte en la sociedad y pueda desenvolverse de la mejor manera posible.
Por otro lado, no podemos trabajar y llevar a cabo nuestro rol de la mejor manera, sin regirnos por la normativa que dicta el Ministerio de Educación.
La normativa de Educación Especial, son una serie de leyes y decretos en los cuales nos tenemos que basar para poder realizar nuestra misión educativa y crear nuestras evaluaciones e intervenciones psicopedagógicas, éstos decretos y normas se dividen según las distintas necesidades educativas especiales, y nos muestran los planes y programas que se deben llevar a cabo, para así crear apoyos pertinentes. La normativa es la siguiente:
Integración Escolar de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales: Decreto Supremo Nº 01: se centra en la Integración Social de las personas con discapacidad.
Déficit Visual: Decreto Exento Nº 89: Aprueba Planes y Programas de Estudio para alumnos con discapacidad visual.
Decreto Exento Nº 637: Modifica Decreto Exento Nº 89.
Discapacidad Auditiva: Decreto Exento Nº 86: Aprueba Planes y Programas de Estudio para alumnos con discapacidad auditiva.
Discapacidad por Graves Alteraciones en la Capacidad de Relación y Comunicación: Decreto Supremo Nº 815: Aprueba Planes y Programas de Estudio para personas con autismo, disfasia severa o psicosis.
Discapacidad Motora: Decreto Supremo Nº 577: Establece normas técnico pedagógicas para la atención de alumnos con discapacidad motora.
Discapacidad Intelectual: Decreto Exento Nº 87: Aprueba Planes y Programas de Estudio para alumnos con discapacidad intelectual.
Trastornos Específicos del Lenguaje: Decreto Supremo Nº 1300: Aprueba Planes y Programas de Estudio para alumnos con trastornos específicos de lenguaje.
Grupos Diferenciales: Decreto Nº 291: Reglamenta el funcionamiento de los grupos diferenciales en los establecimientos educacionales del país.
Escuelas y Aulas Hospitalarias: Decreto Supremo Nº 374: complementa Decreto Supremo de Educación Nº 01, autorizando la atención de los escolares hospitalizados.
Decreto Nº170: decreto supremo que fija normas para determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que serán beneficiarios de las subvenciones para educación especial.